Acerca de Nosotros

“La Asociación Minifootball League es una entidad independiente, sin ánimos de lucro,

oficialmente federada y respaldada por federaciones internacionales como la Word

Minifootball Federación y American Minifootball Federación”

El objeto social de la Asociación de Minifootball League es:

I. Planificar, organizar, normar, controlar, supervisar y evaluar a las organizaciones y personas

que practican, dirigen, fomentan y organizan actividades de minifootball en el país.

II. Participar, desde su carácter de rectora del Minifootball en el país, en la elaboración de los

programas nacionales de desarrollo de los órganos oficiales del deporte nacional y apoyar su

aplicación.

III. Fomentar la práctica y afición del Minifootball en Costa Rica.

IV. Organizar y unificar a todos los deportistas NO profesionales, oficiales de competencias,

directivos, especialistas de disciplinas afines del Minifootball y sus organizaciones en todo el

territorio nacional.

V. Reconocer a las Afiliados y entidades deportivas y a las Organizaciones Afines, así como a

sus miembros, que organicen, dirijan, practiquen y promuevan el Minifootball.

VI. Apoyar y promover la enseñanza de las actividades del Minifootball y participar en los

programas generales de desarrollo públicos y privados del deporte, procurando la unidad

metodológica en todas las actividades conducentes a la superación general, de acuerdo con las

normas y procedimientos que establece este Estatuto y su Reglamento.

Acerca de nosotros


VII. Establecer, actualizar y preservar las normas técnico-deportivas del Minifootball, conforme a

la reglamentación de la Federación Internacional y vigilar su observancia y cumplimiento.

VIII. Representar al Minifootball en todas sus modalidades ante todas las autoridades civiles y

deportivas y ante todos los organismos públicos, sociales y privados del país y del extranjero.

IX. Determinar la integración de las selecciones representativas del país en las competencias

internacionales, concertadamente con los Organismos Gubernamentales y Privados cuando les

competa, conforme las previsiones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

X. Estructurar el Sistema de capacitación y actualización que apoye al desarrollo integral del

Minifootball, tanto de entrenadores como oficiales de competencia, directivos y personas de

disciplinas afines.

XI. Elaborar, estimular la creación, editar y distribuir material didáctico del Minifootball.

XII. Adquirir, mediante cualquier modalidad legal, los bienes muebles e inmuebles que sean

necesarios para el cumplimiento del objeto social propuesto para la Asociación de Minifootball

League.

XIII. Regular, organizar, dirigir y resolver todo lo relacionado con los Campeonatos, Torneos y

cualquier competencia, exhibición o entrenamiento de Minifootball y sus modalidades que se

verifiquen y validar o desautorizar la participación de cualquier persona, equipo o selección del

territorio nacional en actividades efectuadas en el extranjero.

XIV. Participar en los procesos de difusión de las actividades del Minifootball y sus modalidades

en televisión, radio, cine, publicaciones y demás medios de comunicación; reservarse los

derechos institucionales sobre publicaciones, películas, videos, cintas de audio, artículos de

cualquier clase y tipo, y demás formas y manifestaciones de y para la divulgación y enseñanza

del Minifootball, con fines de lucro o no, con la asistencia de las Afiliados, Clubes, Ligas, Equipos

y Organizaciones Afines participantes en éstos, en apoyo a los autores, así como decidir sobre la

publicidad estática y asignaciones o concesiones para alimentos, bebidas y artículos

promocionales en los sitios en los que se realicen actividades del Minifootball y sus modalidades.

XV. Construir o, por cualquier otro medio lícito, tomar en concesión, compra o arrendamiento,

espacios o instalaciones para la práctica, desarrollo, enseñanza, investigación y divulgación del

Minifootball y sus modalidades.

XVI. La celebración de toda clase de actos, hechos jurídicos, contratos o convenios necesarios

y/o convenientes para la adecuada satisfacción del objeto social.

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